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Producto · retención en la fuente

¿Cuánta retención debes practicar en un pago?

Cuando le pagas a un proveedor, a veces toca retener y a veces no: depende del concepto, del monto y de si supera la base mínima. Elige el concepto, pon el valor del pago y ve la retención exacta.

Bases y tarifas (vigentes desde julio 2026)

  • Compra de bienes: desde 10 UVT ($523.740). 2,5% si el proveedor declara renta, 3,5% si no.
  • Servicios generales: desde 2 UVT ($104.748). 4% declarante, 6% no declarante.
  • Honorarios y comisiones: sin base mínima. 11% personas jurídicas y naturales declarantes, 10% naturales no declarantes.
  • Arrendamiento de inmueble: desde 10 UVT ($523.740). 3,5%.
  • Arrendamiento de bien mueble: sin base mínima. 4%.

Cálculo orientativo con UVT 2026 = $52.374. Las cuantías mínimas provienen del Decreto 572 de 2025, que rige desde el 1 de julio de 2026 (Auto del Consejo de Estado, exp. 30229 del 2 de junio de 2026). La retención se calcula sobre el valor del pago antes de IVA. No cubre conceptos especiales (productos agrícolas, transporte, restaurantes, loterías, rendimientos financieros, etc.) ni retención de IVA o ICA. Antes de aplicarlo en contabilidad, verifica con las fuentes de la DIAN.